¡Importante!
El estudiante que solicite equivalencias, debe cursar la Unidad Curricular cuya aprobación solicita, hasta tanto se le confirme fehacientemente el resultado de lo solicitado.
En caso de notificarle el otorgamiento parcial, podrá optar por continuar con el cursado de la unidad o realizar la complementariedad que establezca la Institución.
Los alumnos provenientes de otras Instituciones de Educación Superior o Universidades, sean estas nacionales o provinciales, de gestión estatal o gestión privada, podrán solicitar equivalencias de todas las unidades curriculares que consideren similares a las que ya tengan acreditadas, salvo aquellas que pertenecen al campo de la formación en la práctica profesional.
Podrán otorgarse dos tipos de Equivalencias
EQUIVALENCIA TOTAL: es el resultado de la acción administrativo-académica consistente en dar por aprobada una unidad curricular, luego de constatar que sus contenidos mínimos, que podría fluctuar entre 70 a 100% se asemejan a los de otra/s materia/s aprobadas en otro plan de estudios.
EQUIVALENCIA PARCIAL: es el resultado de la acción administrativo-académica que considera que las diferencias de contenido u orientación entre las unidades curriculares son significativas. Cada Institución, en su RAI, determinará la metodología que implementará para que el alumno logre cumplir con los contenidos necesarios para acreditar la unidad curricular, a través de exámenes finales complementarios o trayectos de actualización de saberes que aseguren la complementariedad de los contenidos.
Para iniciar el trámite de solicitud de reconocimiento de unidades curriculares por Equivalencias, el alumno deberá cumplimentar con la siguiente documentación, debidamente certificada por la Institución de origen
Condiciones para pedir equivalencias, hacer para clic aquí para descargar
Descargar modelo de nota haciendo clic aquí